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Es la autorización que el Cuerpo de Bomberos emite a todo local para su funcionamiento y que tendrá una vigencia de un año calendario (1 de enero al 31 de diciembre). Dentro de los que se encuentran:
Al incumplimiento en la obtención del permiso de funcionamiento, se aplicará un recargo por mora, dictaminado por los respectivos consejos de administración y disciplina de los cuerpos de bomberos de cada jurisdicción.
Es la autorización que el Cuerpo de Bomberos emite para la realización de actividades no permanentes, su validez será determinada al momento de su emisión, de acuerdo al art. 353 del Reglamento de Prevención, Mitigación y Protección contra incendios.
Dentro de los que se encuentran:
El plan de autoprotección lo deben implementar locales comerciales que superen los 200 m2, 25 personas de aforo y 4 pisos o 12 m de altura.
Ahora puede ahorrar tiempo y dinero completando su plan de autoprotección desde nuestra aplicación web.
A diferencia del plan de autoprotección este se encuentra enfocado únicamente a la realización de eventos.
Ahora puede registrar el plan de contingencia para su evento desde nuestra aplicación web.
En esta opción el usuario podrá realizar de manera rápida y segura una consulta sobre su estado actual con el Cuerpo de Bomberos, referente a su actividad comercial. En este servicio se podrá consultar el motivo por el cual está bloqueado el usuario, su registro de permisos e inspecciones realizadas, estado de planes de autoprotección, entre otros.
Es la solicitud que el usuario debe generar en caso de haber extraviado su documento original del Permiso Anual de Funcionamiento del año en curso, de esta manera el Cuerpo de Bomberos otorgará nuevamente el documento duplicado de permisos y certificados.
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